Las personas físicas que obtengan ingresos por la prestación de servicios profesionales (honorarios) tributarán en el régimen de las actividades empresariales y profesionales mediante un sistema de flujo de efectivo, para que el impuesto se cause hasta el momento en que se obtengan los ingresos y no cuando estos se devenguen, sistema que también será aplicable para efectos de la LIVA.
Con la fin...